2.3 SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un
órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene
la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de
que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente
al gasto público; de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las
disposiciones tributarias y aduaneras; de facilitar e incentivar el
cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la información necesaria
para el diseño y la evaluación de la política tributaria.
Su misión:
Recaudar los recursos tributarios y aduaneros que la Ley prevé, dotando
al contribuyente de las herramientas necesarias que faciliten el cumplimiento
voluntario.
Su visión: Ser una institución moderna que promueva el
cumplimiento voluntario de los contribuyentes a través de procesos simples.
Conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, a esta secretaría le corresponden, entre otras, las siguientes
funciones
Proyectar y calcular los ingresos de la federación, del
Gobierno del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando
las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito
público y la sanidad financiera de la administración pública federal.
Manejar la deuda pública de la federación y del
Gobierno de la Ciudad de México;
Realizar o autorizar todas las operaciones en que se
haga uso del crédito público;
Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema
bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de
Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca
y crédito;
Ejercer las atribuciones en materia de seguros,
fianzas, valores y de organizaciones y actividades auxiliares del crédito;
Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras,
derechos, productos y aprovechamiento federales en los términos de las leyes
aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales;
Organizar y dirigir los servicios aduanales y de
inspección;
Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y
de la administración pública paraestatal.
Formular la cuenta anual de la Hacienda Pública
Federal;
Fijar los lineamientos que se deben seguir en la
elaboración de la documentación necesaria para la formulación del Informe
Presidencial e integrar dicha documentación;
Regular la adquisición, arrendamiento, enajenación,
destino o afectación de los bienes inmuebles de la Administración Pública
Federal y, en su caso, representar el interés de la Federación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario